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Aprueba Ley de Comunicación Social

  • Se trata de una homologación con la Ley General que entró en vigencia el 1 de enero de 2019
  • Norma los gastos de comunicación social de los entes públicos y crea un Padrón Estatal de Medios de Comunicación que estará a cargo de la Secretaría General de Gobierno

El Congreso del Estado aprobó la iniciativa que crea la Ley de Comunicación Social para el Estado de Baja California Sur la cual consiste en una armonización con la Ley General, con el fin de normar los gastos de promoción y difusión oficial que los entes públicos contraten en medios de comunicación y que deberán observar para priorizandola eficiencia de los recursos públicosy transparentarlos, paralelamente crea un padrón estatal de medios de comunicación.

La propuesta de ley fue presentada el 4 de octubre de 2018 por los integrantes de la Fracción del PES, Perla Flores Leyva, Lorenia Montaño Ruiz y Rigoberto Murillo Aguiar y por la  Diputada Soledad SaldañaBañales, y fue dictaminada por las comisiones unidas de Comisiones y Transportes y Asuntos Fiscales,tras un largo periodo de análisis con los medios de comunicación y organizaciones como la Asociación de Reporteros Sudcalifornianos (ARSAC) a través de tres mesas de trabajo llevadas a cabo en diferentes fechas.

La legislación emana de la Ley General deComunicación Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 demayo de 2018, comenzando su vigencia a partir del 01 de enero de 2019,estableciéndose que ala par del Congreso de la Unión, los Congresos Locales deberán armonizar su legislación entérminos de la misma.

Ley de Comunicación Social para el Estado de Baja California Sur consta de 42 artículos divididos en once capítulos: de Disposiciones Generales; Reglas de la Comunicación Social; el del Gastoen la Comunicación Social; el de la Difusión en la Comunicación Social durantelos Procesos Electorales; el de la Estrategia, Programación Anual y Campañasde Comunicación Social; el del Mensaje Extraordinario; el de la Vigilancia yControl de la Contratación de la Comunicación Social; el del Padrón Estatal delos Medios de Comunicación; el de la Revisión y Fiscalización de los RecursosPúblicos en Materia de Comunicación Social; de la Transparencia y Rendiciónde Cuentas, y el de las Infracciones y Sanciones.

En sus artículos 32 a 34 establece que “Los Medios de Comunicación que pretendan participar en lacontratación de Comunicación Social a que se refiere la presente Ley, deberánestar inscritos previamente en el Padrón Estatal de Medios de Comunicación, acargo de la Secretaría General de Gobierno.La información contenida en el Padrón Estatal de Medios de Comunicación serápública y accesible a distancia”.

En su artículo 18 establece que “durante el tiempo que comprendan las campañas electoraleslocales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberásuspenderse la difusión de toda Campaña de Comunicación Social en losMedios de Comunicación con Cobertura Geográfica y ubicación en el Estado”.

La iniciativa de ley fue aprobada por unanimidad y fue enviada al Poder Ejecutivo para su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado para su entrada en vigencia.

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