Eliminarán cláusulaque contempla la renuncia al fuero domiciliario en los contrato de compra de una vivienda adquirida mediante INFONAVIT, FOVISSSTE o SHF
Para garantizar que se respete el acceso de la vivienda a los ciudadanos de Baja California Sur, la XV legislatura aprobó que, dentro de los contratos de créditoshipotecarios, se elimine la cláusula que desprotege al comprador, con la renuncia al fuero de su domicilio, misma que actualmente se encuentra contemplada.
La iniciativa fue propuesta por la fracción de MORENA, los diputados sin partido Homero González, Soledad Saldaña y la representante del PT, Mercedes Maciel; dentro de las reformas se contempla que, a partir de la publicación de esta, si existiera una demanda relativa al bien inmueble, serán los propios jueces locales quienes reciban las demandas para la ventilación de los juicios, ya que anteriormente los juicios se llevaban a cabo en la Ciudad de México, situación que implicaba el traslado de los compradores y la contratación de un abogado en el mismo lugar.
el diputado Homero González expuso que se estuvo luchando por este cambio en la legislación vigente para evitar el viacrucis que pasan personas a causa de un contrato que en la denominada “letra chiquita” dice las partes renuncian al fuero domiciliario y se sujetan tribunales que en su mayoría son foráneos y desafortunadamente mucha gente era desalojada de sus casas cuando eran notificados por un actuario, en lo sucesivo ya no será así, ahora los tribunales locales deberán recibir las denuncias y se eliminará de manera definitiva esa cláusula en beneficio de los trabajadores que tienen un crédito hipotecario a través de INFONAVIT, FOVISSSTE o Sociedad Hipotecaria Federal.
El dictamen presentado por las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Seguridad Pública, de manera procedentereformó los artículos 14, 1744 y 2827 del Código Civil, fue respaldado por mayoría en el pleno del Poder Legislativo ya que se considera que toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa.
La reforma especifica en el artículo 14 que “en los contratos en los que se consigne garantía hipotecariarelativa a créditos de vivienda financiados por el Instituto delFondo de la Vivienda para los Trabajadores, Fondo de laVivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de losTrabajadores del Estado, Sociedad Hipotecaria Federal ySociedades Financieras de Objeto Múltiple, se tendrán por nopuestas aquellas cláusulas que impliquen la renuncia al fuerodel domicilio”.