Por unanimidad el Congreso del Estado aprobó que cuando proceda judicialmente la acción de investigación de la paternidad, podrá condenarse al padre a cubrir los gastos del parto y el pago de alimentos retroactivos desde su nacimiento a quien tiene la obligación de otorgarla.
Lo anterior al reformar el artículo 407 del Código Civil para el Estado de Baja California Sur, iniciativa presentada desde hace un año por la diputada Elizabeth Rocha Torres.
Entrevistada al respecto la legisladora de la fracción del PAN, expresó su congratulación porque después de esperar un año, finalmente alcanza el consenso de sus homólogos, decisión que protege a las mujeres madres de familia.
Cabe destacar que los criterios aludidos en la exposición de motivos de esta reforma, están ligados solamente a la demanda de reconocimiento de paternidad, y no a los casos, que son la gran mayoría, de los hijos nacidos de un matrimonio o bien que han sido reconocidos, porque en estos casos, si se trata de menores de edad, el representante legal puede demandar su pago y si se trata de mayores de edad, por si mismos, por ello, quienes dictaminaron coincidieron que es necesario otorgar este derecho, solo en los casos de reconocimiento de paternidad.