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El Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Constitución y a la Ley Orgánica de la UABCS

El Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Constitución y a la Ley Orgánica de la UABCS

  • Las reformas fortalecen la autonomía universitaria

 

La Paz, Baja California Sur, a 16 de Mayo de 2017.-  El Congreso del Estado aprobó por unanimidad el dictamen que modifica la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, dictamen que fue presentado por las comisiones unidas de Asuntos Educativos y de Puntos Constitucionales y de Justicia que presiden Diana Vonborstel Luna y Alfredo Zamora García respectivamente.

 

En el caso de la Ley Orgánica de la máxima casa de estudios, en el dictamen presentado al pleno en segunda lectura se clarifica el concepto que acerca de la autonomía se tiene establecido en el ordenamiento legal que actualmente rige la vida de la institución de educación superior.

 

Tras la reforma votada al Artículo Primero de la Ley Orgánica de la UABCS, se define a como: “un organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Baja California Sur con personalidad jurídica y patrimonio propio, dotada de autonomía, para gobernarse asíi misma y realizar sus fines…”.Actualmente en la redacción de este artículo señala que “La UABCS es un organismo autónomo por mandato constitucional, ….”.

 

Con relación a la modificación realizada al Artículo 79 de la constitución Política del Estado, que trata de las Facultades y Obligaciones del Gobernador, en su Fracción XXXVI que se propone que el titular del Ejecutivo Estatal va a “legalizar y certificar los títulos profesionales o de grado con sujeción a la Ley respectiva”.

 

Así, con esta modificación aprobada serán las universidades públicas y privadas con presencia en la entidad, que  “en tratándose de títulos profesionales y de postgrados de Educación, respecto a la autonomía de las universidades y de sus planes de estudio, son los propios rectores y, quien su Ley o reglamento interno determine, quien debe de acompañar a aquel en su firma, dejando al Ejecutivo Estatal la legalización del documento emitido por la institución educativa respectiva”, lo que dará una mayor agilidad a la emisión de los mismos al reducir significativamente el tiempo para su expedición.

 

 

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