- Es una prestación social a que tiene derecho todo empleado que preste sus servicios y reciba un salario por parte de personas morales (empresas) o físicas con actividad empresarial (patrones)
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Baja California Sur, a través de su titular Gustavo Hernández Vela Kakogui, exhorta a las empresas, así como a los patrones, es decir a las personas físicas con actividad empresarial a que cumplan con el pago del reparto de utilidades a que sus trabajadores tienen derecho, durante los meses de mayo y junio respectivamente.
El Secretario, enfatizó que esa dependencia a través de la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo (PGDT), se mantendrá atento al cumplimiento de esta obligación de la parte patronal y que está establecida en la Constitución y en Ley Federal del Trabajo.
Por ello, esta prestación es un derecho constitucional que tienen los empleados de participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón, de acuerdo con su declaración fiscal por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado.
Gustavo Hernández Vela, precisó que las personas que laboren para personas morales (empresas) deberán recibir este derecho a más tardar el 30 de mayo, mientras que en el caso de quienes lo hacen para una persona física con actividad empresarial (patrón), la fecha límite es el 29 de junio.
El funcionario estatal, aclaró que para participar del reparto de utilidades es necesario que los trabajadores hayan laborado por lo menos 60 días en centros de trabajo cuyas utilidades netas mínimo sean de 300 mil pesos, según su Declaración Fiscal 2016, y que, además, la empresa en cuestión tenga más de un año en funcionamiento.
En este sentido, el Secretario destacó que según la legislación laboral, el reparto de utilidades no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.
Gustavo Hernández Vela, destacó que se exenta de este reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; también a empresas cuyo capital sea menor al que fija la STPS por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
El Secretario para finalizar recalcó que la PGDT, brindará, asesoría legal gratuita sobre el Reparto de Utilidades, a todos los trabajadores que la requieran, en sus oficinas ubicadas en Cabrillas y Constituyentes, interior 302. Fraccionamiento Fidepaz, en La Paz; en un horario de las 8:00 am a las 3:00 pm; además pone a disposición de todos los trabajadores la línea telefónica sin costo (612) 12 4 29 65 y los correos gustavo.hernandezvela@bcs.gob.mx y martha.034@hotmail.com de igual forma los interesados pueden acceder a la página de Facebook de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de Baja California Sur.