La Paz, Baja California Sur, a 29 de Agosto de 2017.- Con la finalidad de que los gobiernos que acceden al poder en la entidad y en los municipios no utilicen los colores del partido político que los llevó al poder en la obra pública, el Diputado Joel Vargas Aguiar propuso iniciativa para reformar las leyes de Obras Públicas del Estado y la de Responsabilidades Administrativas.
En la exposición de motivos el legislador señaló que se ha visto que llegan gobiernos de los tres niveles “quienes cambian papelería, el mobiliario, las leyendas, así como el color de ls bienes inmuebles y bienes muebles, los logotipos y los ciudadanos ven con tristeza y en ocasiones con coraje e impotencia que los recursos públicos provenientes de sus impuestos se utilzian de manera inadecuada y ventajosa…este fenómeno, aseguró, lo hemos vivido con gobiernos estatales y municipales emanados de los partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y del Partido Acción Nacional”.
Vargas Aguiar indicó que edificios, plazas, jardines, postes, parques, alumbrado público han sido pintados de colores relacionados con el partido político del que provienen las autoridades de gobierno en turno, “todo lo anterior lo hacen con la finalidad de promocionar de alguna forma a un partido político”, precisando que “es algo que hasta cierto punto se ve normal que cada tres o seis años, si existe un cambio político se use y abuse de los colores institucionales del partido o partidos en el que militan los gobernantes”.
Por ello propuso adicionar la Ley de Obra Pública con tres artículos en el que se contempla que en la construcción, ampliación, adecuación, remodelación, conservación, mantenimiento o modificación de las obras e inmuebles públicos, así como en la planeación y el diseño de un proyecto urbano o arquitectónico deberá atenderse única y exclusivamente a una imagen institucional, quedando estrictamente prohibido utilizar colores, esolgan e imagen que tenga relación directa con algún partido político.
Otro artículo que se adiciona es en el sentido de que la puntura a utilizarse en la obra pública de bienes inmuebles de carácter público será únicamente de colores blanco o gris. En tanto que el tercer artículo prohíbe que las placas inaugurales de identificación de obras públicas y los servicios relacionados con las mismas, realizadas con recursos estatales o municipales lleven el nombre de servidores públicos del Estado y Municipios