Para regularizar la tenencia del uso urbano, propone el diputado José Luis Pérpuli modificación a la Ley de Desarrollo Urbano
• Se pronunció por la implementación de políticas públicas que conlleven a una administración sustentable del territorio
Para garantizar la regularización de la tenencia del suelo urbano y rústico protegiendo el patrimonio de las familias sudcalifornianas que adquieren lotes de terrenos en fraccionamientos, el coordinador de la bancada de Acción Nacional, diputado José Luis Perpuli Drew propuso una iniciativa con proyecto de decreto, que modifica varios artículos de la Ley de Desarrollo Urbano.
Al subir a tribuna, expuso que en las últimas fechas se ha generado una problemática social en el rubro de las autorizaciones que se otorgan para la urbanización de terrenos urbanos o rústicos que son divididos en lotes para su venta y que comúnmente se les conoce como fraccionamientos.
El legislador señaló que el origen de esta problemática, es por la falta de actualización y también armonización de la Ley Estatal de Desarrollo Urbano con su símil, la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; en la actualización del reglamento de la propia ley estatal; en el seguimiento puntual y oportuno, de todos los principios cuando se elaboran y aprueban los planes y programas estatales y municipales de desarrollo urbano.
Arguyó que toda política pública en materia de desarrollo urbano debe cumplir con derecho a la ciudad; equidad e inclusión; a la propiedad urbana; coherencia y racionalidad; participación democrática y transparencia; productividad y eficiencia; protección y progresividad del espacio público; resiliencia, seguridad urbana y riesgos; sustentabilidad ambiental, así como accesibilidad universal y movilidad.
El vicepresidente de la actual mesa directiva de la cámara local, se pronunció por la implementación de políticas públicas que conlleven a una administración sustentable del territorio, entendido este como un proceso de organización, ejecución, control y evaluación de las actividades y funciones a cargo de las autoridades competentes, en coordinación con los sectores social y privado, tendientes a la conservación y restauración de los espacios naturales; la protección al patrimonio natural, cultural urbano y arquitectónico, el paisaje y la imagen urbana; el fomento y control del desarrollo urbano; la movilidad; el manejo de los parques urbanos, jardines públicos y áreas verdes de los centros de población; la prevención de riesgos, contingencias y desastres urbanos y el fomento a la resiliencia, así como la regularización de la tenencia del suelo urbano.
La iniciativa implica reformar los artículos 2 en su fracción XXVIII; 12 en su párrafo primero y en su fracción XV; 13 en sus fracciones X, XI Y XIII; 68; 69; 72; 75 párrafo segundo; 77 bis, todos de la Ley de Desarrollo Urbano para el estado de Baja California Sur.