- Será un Instituto encargado de fortalecer el trabajo parlamentario, mediante la investigación, estudio, acopio de información, actualización, capacitación y adiestramiento en materia legislativa
Con la iniciativa para transformar el Instituto de Estudios Legislativos en un Centro de Estudios Legislativos y de las Finanzas Públicas el Congreso de Baja California Sur contará con un centro de investigación, de consulta y encargado de fortalecer el trabajo parlamentario, mediante estudio, acopio de información,actualización, capacitación y adiestramiento en materia legislativa, tal como ya se cuenta en otros Congresos de la República Mexicana, afirmó el iniciador, Diputado Esteban Ojeda Ramírez.
El representante de la fracción de MORENA presentó en el pasado periodo de sesiones la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Congreso del Estado de Baja California Sury se prevé que sea dictaminado en el segundo periodo de sesiones que inicia el 1 de septiembre.
Explicó que el Instituto ya se encuentra establecido en la Ley Reglamentaria el Congreso local, sin embargo no está en funciones, por ello plantea las reformas para que al aprobarse sea una realidad y sea diseñado acorde a las necesidades actuales del Congreso del Estado.
La iniciativa plantea que el decreto que contiene esta iniciativa, entre en vigor el día primero de enero del año 2020, previa su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur, ya que esto permitirá realizar las proyecciones y previsiones presupuestales correspondientes.
En ese tenor deberá darse un nombramiento del o la titular del Centro de Estudios Legislativos y de las Finanzas Públicas, el cual se hará en un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir del inicio de dicha vigencia y así mismo, que una vez efectuado tal nombramiento, se elabore el reglamento del Centro de Estudios Legislativos y de las Finanzas Públicas en un plazo no mayor de sesenta días naturales posteriores.
La propuesta plantea reformar la denominación y contenido del capítulo XI del Título Tercero, denominado “Del Centro de Estudios Legislativos y de las Finanzas Públicas”, los artículos 81, 82, primer párrafo, y fracciones III y IV, 83 y 83 Bis, primer párrafo; se adicionan el artículo 73 Bis; un Capítulo X BIS al Título Tercero, denominado “De la Asesoría Jurídica”, con los artículos 80 Bis y 80 Ter; y se derogan los artículos 83 Ter, 83 Quater y 83 Quinquies, de la Ley Reglamentaria del Poder Legislativo del Estado de Baja California Sur.