- Contempla dar todo tipo de facilidades a las personas con discapacidad en los procesos de administración y procuración de justicia
+Busca defender los derechos de este sector de la sociedad sudcaliforniana
La Paz, Baja California Sur, a 17 de Septiembre de 2017.- El Congreso del Estado conoció en primera lectura el dictamen presentado por la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables y a Personas con Discapacidad en el sentido de modificar el Artículo 120 de la Ley para Inclusión de las Personas con Discapacidad, para incluir en las instituciones estatales de administración y procuración de justicia “a peritos especializados en las div4ersas discapacidades, apoyo de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana, así como la emisión de documentos en Sistema de Escritura Braille”.
El documento presentado al pleno de la XIV Legislatura por la Diputada Araceli Niño López quien también presentó la iniciativa, busca que los diversos factores que obstaculizan el acceso a la justicia y protección jurídica de los derechos humanos, y que aun cuando existen diferentes reformas en materia de justicia y derechos humanos, “tenemos sectores en nuestra sociedad que se encuentran total o parcialmente excluidos del acceso a las instituciones encargadas de administrar justicia, o que teniendo la posibilidad de recurrir a estas, no logran la satisfacción cabal de sus intereses. Por eso, un mejor acceso a la justicia es fundamental para poder brindar los servicios básicos a la sociedad”.
Explica el dictamen que derivado de un estudio de derecho comparado entre las legislaciones federal y estatal en materia de inclusión a personas con discapacidad y acceso a la justicia se propone adicionar el Artículo 120 de Ley Estatal para la Inclusión de Personas Con Discapacidad, con la finalidad de apoyar a quienes así lo necesiten por su situación, a contar con peritos en las diversas discapacidades como es el apoyo de interpretes de lengua de señas mexicanas y la emisión de documentos de estructura en sistema Brraille en las instituciones de administración e impartición de justicia…”.
En este orden de ideas, la Diputada Niño López cita el Artículo 17 de la Constitución General de la República en el que señala el derecho de todas y todos al acceso a la justicia en México, “es imperante señalar que el derecho a la administración de justicia en nuestro país se encuentra fundamentado en la fracción segunda del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual a la letra reza: “Artículo 17. … Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales”.