PODER LEGISLATIVO
XV LEGISLATURA
H.CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
PRESENTA DIP. DANIELA RUBIO INICIATIVA DE REFORMA AL CÓDIGO PENAL PARA INTEGRAR EL CAPITULO DENOMINADO “VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO”
La Paz, Baja California Sur, a 9 de Octubre de 2018.- La Diputada Daniela Rubio Avilés representante del Partido Humanista en Baja California Sur, presentó una iniciativa con proyecto de decreto que adicionan los artículos 176 bis y 176 ter para integrar un capitulo denominado “violencia política de género” al título cuarto “delitos contra el libre desarrollo de la personalidad” en el código penal para el estado de Baja California Sur.
Rubio Avilés expuso ante el pleno del Congreso del Estado que la reforma al código penal local precisa que el bien jurídico que pretende protegerse es el derecho político – electoral de la mujer; y tiene como propósito respaldarse en el derecho penal para resolver un problema de menoscabo y exclusión de derechos políticos de las mujeres y para ello, es necesario reconocer la existencia de ese problema social, en el que se ve obstaculizado el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.
Dijo que en el país continúan observándose casos en el que prevalece la intención de mantener en estado de desventaja social a los derechos de las mujeres a participar políticamente, citando el caso de las 42 mujeres electas como regidoras y diputadas locales en el Estado de Chiapas; que en su condición de ofendidas fueron forzadas a presentar sus licencias a los cargos electos, con el propósito de que los suplentes de fórmula, coincidentemente hombres, fuesen quienes rindieran protesta constitucional en el mes de diciembre próximo.
La iniciativa de reforma tiene su fortaleza en la ciencia jurídica, puesto que se ve motivada en relación al ejercicio de la no discriminación vista desde la óptica de un derecho fundamental que se precisa desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos, relacionándose con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, y su Protocolo Facultativo, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belém Do Pará) entre otros.
Por lo anterior la legisladora local propuso castigar con prisión a quien por cualquier medio impida u obstaculice a una mujer, el acceso a los cargos de elección popular o a las funciones del Estado y no permita su debido desempeño o la induzca a la toma de decisiones en contra de su voluntad, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa; el delito de violencia política de género se perseguirá a petición de parte ofendida o a través de su representante legal.