La Paz, Baja California Sur a 5 de Abril de 2018.- La Diputada Maritza Muñoz Vargas propuso reformar el Código Civil del Estado en Su Artículo 305 A para incorporar que al momento de romperse el vínculo matrimonial que se encuentra bajo la forma de separación de bienes se establezca una compensación que procederá en los casos “que el cónyuge haya desarrollado actividades profesionales o remuneradas y paralelamente se haya dedicado al trabajo del hogar y en su caso, al cuidado de los hijos, no haya adquirido bienes propios o éstos sean notoriamente menores a los adquiridos por el otro cónyuge, ya que su doble jornada le impidió desarrollarse laboral y profesionalmente en igualdad de condiciones que su cónyuge”.
La iniciativa presentada en la sesión ordinaria de este jueves retoma el resultado de un fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que resolvió un Amparo que tenía como antecedente “el caso de que una mujer casada bajo el régimen de separación de bienes, solicitó a su ex marido una compensación por el 50 % de los bienes adquiridos durante su matrimonio”.
Lo anterior en virtud de que aún y cuando durante los 40 años que estuvo unida en matrimonio “y no obstante que llevó a cabo actividades profesionales, durante elmismo se dedicó preponderantemente al cuidado del hogar y sus tres hijas, lo que tuvo como resultado que no pudiera desarrollarse en el ámbito profesional en igualdad de circunstancias que su entonces cónyuge”.
Subraya en la exposición de motivos la Diputada Muñoz Vargas que esta petición resuelta por la Corte “fue negada en las primeras instancias, bajo el argumento de que para tener derecho a esa compensación la actora debió haber demostrado que nunca tuvo actividades profesionales y se dedicó de manera exclusiva al cuidado del hogar, por ello se le negó el derecho a la compensación”.
Finalmente señala la exposición de motivos “el amparo en revisión fue aprobado, porque las decisiones de las primeras instancias no protege adecuadamente a aquellos cónyuges que asumieron cargas domésticas y familiares en mayor medida sin recibir remuneración económica a cambio”.