La diputada María Luisa Trejo Piñuelas presentó ante el pleno, iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se reforma el artículo 251 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California Sur, en materia de responsabilidad administrativa, para que los profesionistas que sean funcionarios y empleados al servicio del Poder Legislativo, puedan ejercer libremente su profesión, así como, ejercer actividades de docencia e investigación en instituciones educativas públicas o privadas, o en asociaciones científicas, literarias o de beneficencia, siempre y cuando su ejercicio o actividad no perjudiquen los intereses de los poderes del Estado y municipios de Baja California Sur.
Al hacer uso de la tribuna, la legisladora precisó que la propuesta se podrá ejercer siempre y cuando la actividad no vulnere el Código de Ética del Poder Legislativo del Estado o afecte de manera directa el interés de los poderes del Estado y municipios de Baja California Sur, así como de los organismos públicos descentralizados del Estado y de los municipios de Baja California Sur.
Trejo Piñuelas reconoció que, si bien la principal función y obligación como representantes populares es la de legislar, también cuentan con la responsabilidad de llevar a cabo acciones que les permita solucionar diversas problemáticas.
Del mismo modo, la iniciadora consideró de importancia fortalecer el artículo en comento, acorde a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur, ya que de acuerdo con el Decreto 2448 publicado en el BOGE 27-06-2017, se estableció que con la entrada en vigor de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur quedará abrogada la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios de Baja California Sur, por lo que, el Título Tercero de dicha ley, quedó abrogado y, “por tanto es necesario que nuestra ley se armonice debidamente”, concluyó la legisladora.