+ Establece una multa de 750 veces la UMA a quien no entregue en el tiempo que marca la Ley los documentos de la Cuenta Pública
La Paz, Baja California Sur, a 17 de Mayo de 2018.- En virtud de que las instituciones estatales y municipales sujetas a fiscalización de su gasto han tenido en los últimos años un nivel de cumplimiento promedio de 50 por ciento en la presentación sus cuentas públicas al Congreso del Estado; la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional en la XIV Legislatura presentó iniciativa para modificar la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado en la que se contempla sancionar a los sujetos obligados incumplidos con una multa equivalente a 750 el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el supuesto de que no entreguen en el tiempo que marca la Ley los documentos de la denominada cuenta pública.
En la exposición de motivos el Diputado Amadeo Murillo Aguilar quien dio lectura al documento a nombre de sus compañeros integrantes de la Fracción del PRI, indicó que de las 26 instituciones públicas que por normatividad deben de entregar su cuenta pública al Congreso del Estado para su proceso de fiscalización, para el año de 2014 el incumplimiento en tiempo fue del 54 por ciento, para posteriormente en 2015 ubicar el porcentaje de cumplimiento en 52 por ciento, señalando que en caso de que se presente reincidencia, se aplicará el doble de la sanción, aplicando en este caso las responsabilidades administrativas que marca la Ley.
En la propuesta presentada se establece que de aprobarse la iniciativa, “se propone como mecanismo que al día siguiente de vencido el plazo para la presentación de los informes, la Auditoría Superior del Estado, deberá publicar en su portal de internet los entes públicos que fueron recibidos dentro del plazo legal, haciendo mención expresa de aquellos que fueron omisos en la presentación”.
Destaca el documento al que se dio lectura en la sesión de este jueves, que el ente público que sea sancionado tendrá hasta 15 días hábiles para cubrir el pago de la multa, de lo contrario la Auditoría Superior del Estado comunicará dicha circunstancia a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado “para que proceda a descontar dicha cantidad de la asignación presupuestal del Ente público”.
La iniciativa busca la creación del Fondo para el Fortalecimiento de la Fiscalización t Rendición de Cuentas del Estado “el cual se constituiría con el importe de las multas que la Auditoría Superior del Estado en ejercicio de sus funciones imponga conforme a la Ley imponga a los entes públicos incumplidos”.
Plantea que los recursos del Fondo “se utilizarán preferentemente” para adquisición de inmobiliario y equipo especializado que no se encuentre previsto en el Presupuesto de Egresos de la Auditoría Superior del Estado, para programas de capacitación y profesionalización para personal de la Auditoría y para gastos imprevistos.
Según la Constitución del Estado en su Artículo 64 Fracción 30, la Cuenta Pública “del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada al Congreso del Estado a más tardar el 30 de abril del año siguiente. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación cuando medie solicitud del Gobernador, suficientemente justificada a juicio del propio Congreso del Estado; la prórroga no deberá exceder de 30 días naturales y, en tal supuesto, la Auditoría Superior del Estado contará con el mismo tiempo adicional para la presentación de los Informes del resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública”.